08/06/2023
Las empresas que vieron paralizada su actividad por el COVID pueden acogerse a reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
El Tribunal Supremo ha declarado que las empresas que se dedican a la actividad de hostelería y restauración y que tuvieron que paralizar su actividad, cerrando sus instalaciones, como consecuencia de las medidas contempladas en el Real Decreto de estado de alarma por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pueden beneficiarse de una reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que exigen los Ayuntamientos, proporcional al tiempo en que sufrieron esa paralización total.